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Argentina: Carta Abierta a los Diputados Nacionales autores y protagonistas del inicio del genocidio en el pueblo argentino a través del inóculo obligatorio de sustancias venenosas

por editora
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 ConCienciaLibre replica la Carta Abierta de la Dra. Ana Davérède dirigida a los Diputados Nacionales que fuera publicada originalmente en Canal 7 Salta, uno de los escasos medios que informa correctamente y defiende a los ciudadanos.

Recuerde el lector que ya los sobrevivientes de la II Guerra Mundial dirigieron una Carta Abierta a la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), la Agencia Reguladora de Medicamentos y Productos Sanitarios (MHRA) de Reino Unido, entre otros organismos, donde solicitan que detengan este experimento impío, y afirman que están causando un genocidio ya que, de acuerdo a los datos oficiales, «En solo cuatro meses, las vacunas COVID-19 han matado a más personas que todas las vacunas disponibles combinadas desde mediados de 1997 hasta finales de 2013, un período de 15,5 años. Y las personas más afectadas tienen entre 18 y 64 años, el grupo que no estaba en las estadísticas de Covid».

Precisamente por esto es que ya hay varias denuncias por crímenes de lesa humanidad y genocidio presentadas en la Corte Penal Internacional. Veamos los reportes al mes Diciembre de 2021 de muertos y efectos adversos graves que publica la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) y el informe de VAERS al 7 de enero de 2022:

Lamentablemente, los medios masivos de comunicación han jugado un papel fundamental para infundir miedo, censurar a médicos y a científicos que refutan el relato oficial, para desinformar intencionalmente propiciando una dictadura sanitaria y fomentar la experimentación en humanos sin consentimiento informado y sin información veraz, ya que responden a los intereses de los laboratorios y a oscuros poderes fácticos. En efecto, el mayor engaño a la población ha consistido en denominar «vacunas» a compuestos experimentales que no cumplen con los requisitos para ser vacunas. Estos hechos han sacado a la luz la enorme corrupción de la mayoría de los medios de comunicación, de los políticos (algo ya por demás sabido), del sistema sanitario y, sobre todo, de la OMS y la industria farmacéutica que financia a la OMS tras el nombre de fundaciones, principalmente la Fundación Bill & Melinda Gates. Pero vayamos más allá, incluso si fueran vacunas, ningún Estado ni institución ni nadie puede obligar a una persona a inocularse una sustancia, tomar un fármaco o hacer un tratamiento que no desea, ya que cada persona es soberana de su cuerpo. No podemos permitir que el poder del Estado ni ningún poder vulnere la frontera delimitada por nuestra piel. La defensa nuestra integridad corporal es sin lugar a dudas la defensa de nuestras libertades civiles.

A continuación, transcribimos la Carta Abierta de la Dra. Davérède y agradecemos no sólo a esta honorable profesional su valentía y el respeto por su juramento hipocrático, sino también a Canal 7 Salta el haber difundido su carta.

 

Quien suscribe:

Ana María Davérède

DNI 11960 275

Médica –  MN 58283

anadaverede@yahoo.com.ar

“NO FUERON MANDATADOS PARA ELIMINAR A SU PUEBLO” 

Vengo a expresar mi mٞás profundo rechazo al proyecto de ley de incorporación de la vacuna contra el Sars-Cov2 (Covid-19) al calendario nacional de vacunación del diputado Juan Carlos Alderete.

Incorpórese al programa nacional de control de enfermedades inmunoprevenibles con carácter gratuito y obligatorio.

Este proyecto vulnera todos los derechos personalísimos como ciudadanos, como así también lo hacen en el desempeño de la profesión médica, siendo incompatible con el cumplimiento de los derechos y obligaciones, acordes al Juramento Hipocrático.

Tanto la Constitución Nacional (nuestra Carta Magna), como las normas internacionales a las cuales nuestro país ha adscripto con rango constitucional, como el art 58 del Código Civil y Comercial y los artículos 201 y 149 bis del Código Penal, nos amparan en ambas circunstancias.

  • – Pacto de San José de Costa Rica (1969).
  • – Declaración Universal de Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO (2005).
  • -Declaración de Helsinki (1964).
  • -Código de Nüremberg (1947).
  • –Declaración de Ginebra (1948).
  • -Código Internacional de Ética Médica (1949).
  • -Código de Ética de la AMA (Asociación Médica Argentina).

Este último enuncia:

  • PRINCIPIO DE AUTONOMÍA:

Obliga a respetar la libertad de cada persona a decidir por sí y sobre sí.

  • PRINCIPIO DE MALEFICENCIA:

Obligación de no provocar daño.

  • PRINCIPIO DE BENEFICENCIA:

 Obligación de hacer a otro aquello que cada uno entiende bueno para sí.

Porqué me opongo a la obligatoriedad de esta vacuna:

∙ Porque no es una vacuna convencional (a virus muerto o atenuado). 

Se trata de una generación de vacuna de composición genética que jamás ha sido utilizada a escala masiva.  Son vacunas génicas y vectorizadas. Operan a nivel del genoma humano insertando información genética ajena a nuestra especie. También pueden desencadenar una respuesta inmune inapropiada bajo la denominada mejora dependiente de anticuerpos, (ADE).

Pueden provocar efectos adversos a corto, mediano y largo plazo. Como fue previsto por numerosos especialistas a nivel mundial, están apareciendo muertes y efectos adversos que ya se han presentado como ser:

  • – Infertilidad, abortos espontáneos.
  • -Eventos alérgicos
  • -Efectos trombóticos. infartos, trombosis masiva (CID)
  • -Patologías autoinmunes.
  • -Cáncer.
  • -Secuelas neurológicas múltiples.
  • -Parálisis, ceguera, sordera, síndrome de Guillain Barre, mielitis transversa, etc.

  A mediano y largo plazo podrían esperarse:

  • -Enfermedades crónicas degenerativas
  • -Patologías oncológicas, etc.

Porque están en fase experimental. Da cuenta de esto el DNU 125 de febrero de 2021.

Porque en la historia de la medicina, un experimento siempre tuvo carácter de gratuidad, no siendo este el caso.

Estos efectos únicamente podrían constatarse en un largo período de tiempo (entre 6 y 10 años).

La Declaración de Ginebra (1948) reza:

Me obligo a tratar con el máximo respeto a la vida humana”.

 “Me obligo a respetar la autonomía y bienestar de los pacientes”.

No emplearé mis conocimientos médicos para infringir los derechos humanos y las libertades ciudadanas, incluso bajo amenaza”.

Aunque en el proyecto se excluya la función de un médico de indicar o contraindicar, no podemos olvidar que hemos hecho un Juramento Hipocrático jurando por la Patria y/o por Dios.

(Reza que no es necesaria indicación médica)

Deberían saber también que todo experimento debe llevarse a cabo con la supervisión de un médico y esto tampoco se cumple.

Este proyecto de ley es antihumano y misántropo, con una intencionalidad temeraria. Como asimismo el DNU 125 (febrero de 2021), ya señalado, donde la máxima autoridad de nuestro país advierte, que toda la población argentina está siendo sometida a la administración de una  vacuna en fase experimental.

Desde mucho tiempo antes que se implementara la vacunación, solventes especialistas, tanto en nuestro país, como en todo el mundo han anunciado estos posibles riesgos siendo “etiquetados” (los antivacunas) y silenciados por los medios y por los propios estados; no permitiéndoles en ningún momento llegar a un debate científico, que fue solicitado públicamente en reiteradas oportunidades.

 Reza la Declaración de Helsinki:

“Salvo que fehacientemente se crea que los riesgos sean previsibles, se llevara a cabo una investigación”.

“Se deberá suspender toda investigación en la que se compruebe que los riesgos superen a los posibles beneficios”.

  • ¿Es que acaso desconocen nuestros representantes todas las muertes y efectos adversos reportados hasta la fecha por VAERS de EEUU?
  • ¿Desconocen las cifras oficiales cuando este año, sobre un total de 48.816 muertes por covid (en el primer semestre del año), de las cuales 43.119 estaban vacunados?
  • ¿Desconocen que tanto la eficacia como la efectividad de una vacuna se cuantifica en la fase experimental III y que esta fase terminaría  en el año 2022?
  • ¿Desconocen que por la ley 27.573 ignoramos los componentes de estas vacunas dado que se ha dado confidencialidad de los mismos por dicha ley?

Como que por la misma, los laboratorios han logrado inmunidad jurídica siendo el mismo Estado quien deberá hacerse cargo de eventuales complicaciones?.

 -El proyecto menciona que 100.000 casos reportados por día indican que la pandemia está lejos de superarse.

Nuestros representantes deberían saber que tanto el número de contagios, como las muertes están sustentados por una prueba PCR-RT, que el mismo Ministerio de salud, da cuenta que es inespecífica.

Sin reticencias se hace notar el fraude sanitario.

(Se adjunta respuesta)

Anteponer el bien social por encima del particular es una falacia. Es bien sabido que los vacunados contagian.

 Código de Nüremberg

“No debe realizarse un experimento cuando haya razones (a priori) para pensar en la posibilidad de lesiones mentales o que incapaciten al sujeto, excepto quizás en aquellos donde los médicos e investigadores también sirviesen como sujetos de experimentación”.

En este último enunciado, sería justo agregar como objetos de experimentación (con prueba fehaciente de la administración de la vacuna), a los gobernantes que ofrecen a la población como conejitos de india para tal fin. A los políticos que han votado la ley 27.491 (Año 2018, “predictiva” de las actuales circunstancias), por unanimidad de todo el arco parlamentario. A los funcionarios jerárquicos del Ministerio de Salud.  A los representantes de las sociedades científicas y de los colegios médicos.

Retomando el Código de Nüremberg:

Se deben tomar todas las precauciones para proteger a todos los sujetos de experimentación, aún contra la más remota posibilidad de lesión, incapacidad o muerte “

“El experimento debe ser tal que conduzca a resultados positivos, para bien de la sociedad”.

“El experimento debe basarse en experimentación animal y conocimiento natural de la enfermedad”. 

  • En cuanto a la experimentación animal se han salteado en tiempo y forma esta fase con la vacuna en cuestión, según normas de bioseguridad.
  • La patología covid representa menos del 2% (dos por ciento) de las muertes por afecciones respiratorias semejante a la de la gripe estacional.
  • Según estadísticas oficiales, la mortalidad no ha sido mayor (2020-2021), parangonada con las estadísticas de mortalidad de años anteriores.

Entonces cabe preguntarse:

¿Cómo se puede hablar de una pandemia que justifique un estado de emergencia, que a su vez de lugar a la obligatoriedad de la vacunación masiva?.

  • Se desestimaron o prohibieron tratamientos efectivos y se indicaron sólo los protocolos de la OMS, que no son vinculantes, de manera que el Ministerio de Salud no puede justificar y descartar otros tratamientos que sí han demostrado efectividad.

A propósito de esto, reza la Declaración de Helsinki:

 “En el tratamiento de una persona enferma, el médico debe tener la libertad de utilizar un procedimiento diagnóstico o terapéutico, si a juicio del mismo, ofrece una esperanza para salvar una vida, restablecer la salud o que alivie el sufrimiento”.

La medicina que es ciencia y arte, se ha convertido en un mero tecnicismo,  ajustado a “rígidos protocolos” en manos de la OMS (que paradójicamente hoy día, está en contra de la obligatoriedad de la vacunaciٕón), y la industria  farmacéutica y el hecho de que esta sea uno de las mayores aportantes, desnuda el conflicto de intereses, siendo la humanidad toda, víctima de estos nefastos personajes que operan en connivencia con los gobernantes que se prestan a ser títeres de poderes supra nacionales, como verdaderos traidores a sus gobernados.

Como corolario cito uno de los principios vertidos en la declaración Universal de Bioética y Derechos Humanos:

“Cualquier intervención médica debe realizarse con el consentimiento previo, libre e informado de la persona interesada, sobre la base de una información adecuada.”

Señala: “Que el interés por la ciencia o la sociedad, no prevalecen.”

El proyecto de ley atenta contra el más sensible principio de la medicina:

 PRIMUN NON NOCERE (HIPOCRATES).

 Si este Proyecto de ley fuese aprobado, a sus representantes:

QUE DIOS Y LA PATRIA SE LO DEMANDEN


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